Mueren niños por ataque directo de soldados: CNDH
Georgina Hernández
Ciudad de México, junio 16, 2010 (AMRA).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) determinó, luego de una investigación, que los niños Martín y Bryan Almanza Salazar, de nueve y cinco años, fallecieron a causa del fuego directo y discrecional por parte de elementos del Ejército y no por un fuego cruzado con miembros de la delincuencia organizada como lo había advertido el Gobierno federal.
"La versión emitida por personal de la Secretaría de la Defensa Nacional que sostiene que los hechos tuvieron como origen un enfrentamiento entre elementos militares, quienes iban con dirección a Nuevo Laredo, y varias camionetas donde viajaban presuntos miembros de la delincuencia organizada con dirección a Ciudad Mier, a la altura del kilómetro 117, es incompatible con el resultado que arrojan las evidencias obtenidas por esta Comisión nacional", señaló el Ombudsman nacional, Raúl Plascencia.
"El contenido del informe de la autoridad responsable no tiene sustento ni apego a las evidencias que se allegó esta Comisión nacional y exigió además un indebido levantamiento de indicios y de preservación de evidencias".
El titular de la CNDH presentó una recomendación los estos hechos ocurridos el 3 de abril de 2010 en ciudad Mier, Tamaulipas, al Secretario de la Defensa Nacional, Guillermo Galván, y al Procurador General de la República, Arturo Chávez.
En dicha recomendación, la CNDH menciona que encontró diversos obstáculos de funcionarios de la Sedena en cuanto a la colaboración para la investigación del caso por lo que la Comisión tuvo que orientar sus esfuerzos para allegarse de las evidencias.
Indica que de acuerdo con los testimonios de las víctimas, estos no llevaban camionetas ni adelante ni atrás, la visibilidad era clara, disminuyeron la velocidad, bajaron los cristales y avanzaron cuando un elemento militar les dio el paso; inmediatamente después les comenzaron a disparar.
Según la CNDH, hay impactos de bala que muy probablemente fueron realizados una vez que la camioneta estaba desocupada.
La CNDH determinó que puesto que las víctimas no opusieron ninguna resistencia, la acción de los militares significa un uso arbitrario de la fuerza pública al ser "absolutamente desproporcional" a la situación que se presentó.
La Comisión observó violaciones a los derechos humanos, a la vida, a la integridad y seguridad personal, al trato digno, al acceso a la justicia, a la legalidad y a la seguridad jurídica y al derecho de los niños a que se les proteja su integridad.
Asimismo, determinó que la alteración de los hechos constituye una violación al derecho humano y a la información veraz para el acceso a la justicia.
"La versión emitida por personal de la Secretaría de la Defensa Nacional que sostiene que los hechos tuvieron como origen un enfrentamiento entre elementos militares, quienes iban con dirección a Nuevo Laredo, y varias camionetas donde viajaban presuntos miembros de la delincuencia organizada con dirección a Ciudad Mier, a la altura del kilómetro 117, es incompatible con el resultado que arrojan las evidencias obtenidas por esta Comisión nacional", señaló el Ombudsman nacional, Raúl Plascencia.
"El contenido del informe de la autoridad responsable no tiene sustento ni apego a las evidencias que se allegó esta Comisión nacional y exigió además un indebido levantamiento de indicios y de preservación de evidencias".
El titular de la CNDH presentó una recomendación los estos hechos ocurridos el 3 de abril de 2010 en ciudad Mier, Tamaulipas, al Secretario de la Defensa Nacional, Guillermo Galván, y al Procurador General de la República, Arturo Chávez.
En dicha recomendación, la CNDH menciona que encontró diversos obstáculos de funcionarios de la Sedena en cuanto a la colaboración para la investigación del caso por lo que la Comisión tuvo que orientar sus esfuerzos para allegarse de las evidencias.
Indica que de acuerdo con los testimonios de las víctimas, estos no llevaban camionetas ni adelante ni atrás, la visibilidad era clara, disminuyeron la velocidad, bajaron los cristales y avanzaron cuando un elemento militar les dio el paso; inmediatamente después les comenzaron a disparar.
Según la CNDH, hay impactos de bala que muy probablemente fueron realizados una vez que la camioneta estaba desocupada.
La CNDH determinó que puesto que las víctimas no opusieron ninguna resistencia, la acción de los militares significa un uso arbitrario de la fuerza pública al ser "absolutamente desproporcional" a la situación que se presentó.
La Comisión observó violaciones a los derechos humanos, a la vida, a la integridad y seguridad personal, al trato digno, al acceso a la justicia, a la legalidad y a la seguridad jurídica y al derecho de los niños a que se les proteja su integridad.
Asimismo, determinó que la alteración de los hechos constituye una violación al derecho humano y a la información veraz para el acceso a la justicia.
-AMRA-
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