septiembre 14, 2006

Envia CNDH recomendación a Cabeza de Vaca

(Foto: Imperio Reséndiz)

Ciudad de México, septiembre 14 (AMRA).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió su Recomendación 34/2006, dirigida al procurador General de la República, Daniel Francisco Cabeza de Vaca; al gobernador de Sonora, Eduardo Bours Castelo, y a la presidenta municipal de Hermosillo, María Dolores del Río Sánchez, por el caso de una persona que después de haber sido detenida y sometida por elementos policíacos fue privada de la vida mediante un disparo en la cabeza a una distancia de diez centímetros.

En este caso la CNDH documentó, además, que la autoridad ministerial incurrió en falsedad en los partes informativos sobre ese asesinato, irregular integración de la averiguación previa –ya que retuvo a los involucrados y luego les decretó libertad bajo caución— y desvirtuó la consignación para, después, declararse incompetente para conocer de los hechos.

Los días 24 y 25 de enero del 2006, este Organismo nacional recibió de su homólogo de Sonora información relativa a que el día 21 de ese mismo mes y año, elementos de la Unidad Mixta de Atención al Narcomenudeo (UMAN), al realizar un operativo Hermosillo, privaron de la vida al señor ADEO.

Después, el escrito de queja interpuesto por T1 que refiere que aproximadamente a las 21:00 horas del 21 de enero del 2006, se encontraba en su domicilio acompañado de familiares, cuando elementos de la Policía Municipal, y una persona que dijo ser agente del Ministerio Público de la Federación, sin identificarse, irrumpieron violentamente.

Los amagaron con sus armas, incluso a dos menores de edad, y al estar sometido en el suelo, boca abajo, observó que uno de los elementos policíacos hincó a ADEO y le disparó en la nuca, saliendo la bala entre ceja y ceja.

Tras la investigación de los hechos y allegarse de la información precisa, personal actuante de esta Comisión Nacional encontró elementos que acreditan violaciones a los derechos a la vida, a la legalidad y seguridad jurídica, con motivo del irregular cumplimiento de una orden de cateo e integración de la averiguación previa, y del ejercicio indebido de la función pública, atribuibles a servidores públicos de la PGR y a la Policía Preventiva de Hermosillo, comisionados a la UMAN.

Conforme al parte rendido por SP1, entonces agente del Ministerio Público Federal, titular de la Mesa Tercera de la UMAN, a las 17:50 horas se trasladó a dar cumplimiento a una orden de cateo, en compañía de los SP2, SP3 y SP4, agentes de la Policía Municipal comisionados a la UMAN, donde se percató que del inmueble salía un sujeto, quien descendió de un vehículo y caminaba rápidamente a su domicilio.

Fue el agente de la policía local, SP4, quien forcejeó con ADEO, pero no se dio cuenta de lo que sucedió entre SP4 y la víctima, hasta que escuchó una detonación, y vio que el herido sangraba, dirigiéndose a una patrulla municipal para recargarse, por lo que a través de la radio de la patrulla se pidió auxilio médico; el agente le indicó que se le había salido accidentalmente un disparo.

CEJ/JVR/AMRA