octubre 14, 2006

Lamentables los conflictos sindicales: STPS

Secretario de Trabajo y Previción Social, Francisco Javier Salazar Sáenz

Ciudad de México, octubre 14 (AMRA).- Los conflictos que viven en su interior algunos sindicatos son sin duda lamentables, pero no invalidan el clima de paz laboral que vive el país, como lo demuestra el hecho de que en este momento no hay huelgas estalladas a nivel federal y prevalece un ambiente de armonía entre los factores de la producción, empleadores y trabajadores, en todo el territorio nacional.

Un reciente fruto de la paz laboral imperante es la solución anticipada de la revisión contractual entre el Sindicato Independencia, que encabeza Tomás del Toro, y la empresa Aeroméxico, que se logró la noche de ayer jueves.

Sin minimizar, ni mucho menos ignorar los mencionados problemas, que como queda dicho, son lamentables, es preciso reiterar que sus protagonistas son miembros de los propios sindicatos. No se trata de conflictos en los que estén en juego fuentes de trabajo, o se discuta un aumento salarial, o esté en riesgo la vida de las empresas.

México, sin duda, trabaja en paz y con un alto nivel de entendimiento entre empleadores y trabajadores.

A lo largo de la presente administración, la STPS no ha intervenido, no interviene y no intervendrá en la vida sindical ni en las decisiones que adoptan los organismos directivos de tales agrupaciones en ejercicio de su autonomía y con apego a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a la Ley Federal del Trabajo y a los estatutos de cada organización, porque no está facultada para hacerlo.

En el caso específico del sindicato de trabajadores del IMSS, la STPS se mantiene, como siempre lo ha hecho, al margen de las diferencias y los conflictos intrasindicales y reitera que no actuará “a priori”; es decir, esperará a tener toda la documentación correspondiente al reciente Congreso Nacional para revisarla, lo mismo que las impugnaciones que interpongan los inconformes con el resultado del citado Congreso.

Sólo después de esa revisión, la autoridad laboral estará en disposición de saber si los procedimientos se apegaron a la ley y si, por tanto, los resolutivos correspondientes son válidos, en cuyo caso, tomará nota de ellos.

CEJ/JVR/AMRA