Confirma la SCJN extinción de LFC
Por Georgina Hérnandez
Ciudad de México, julio 05 de 2010.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó en definitiva la extinción de la paraestatal Luz y Fuerza del Centro (LFC), decretada en octubre de 2009 por el presidente Felipe Calderón, al negar un amparo promovido por el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME).
Ciudad de México, julio 05 de 2010.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó en definitiva la extinción de la paraestatal Luz y Fuerza del Centro (LFC), decretada en octubre de 2009 por el presidente Felipe Calderón, al negar un amparo promovido por el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME).
En votaciones unánimes, la Corte resolvió que el Ejecutivo sí tenía facultades para extinguir a la empresa, que el decreto respectivo justificó debidamente la medida y que no se violó la garantía de audiencia previa del SME ni los derechos laborales de sus agremiados.
Este juicio era el único en curso en el que se analizaba la legalidad de la extinción, y el principal argumento del SME era que sólo el Congreso podía extinguir a LFC.
"El Ejecutivo federal sí está facultado Constitucional y legalmente para decidir la extinción del organismo descentralizado en caso de que deje de cumplir sus fines o su funcionamiento no resulte ya conveniente desde el punto de vista del economía nacional, conveniencia que corresponde ponderar al Ejecutivo", afirmó Silva Meza.
"Los hechos invocados (sobre la situación de LFC) en el decreto Presidencial constituyen una motivación Constitucionalmente suficiente para sustentar el acto y dar cumplimiento a la garantía de motivación".
Durante la sesión se dio lectura a los motivos de la medida, entre ellos, el grave desbalance entre ingresos y egresos, un subsidio anual del Gobierno que rebasaba 41 mil millones de pesos, pasivos laborales por 240 mil millones, y pérdidas de energía muy superiores a los estándares de la industria.
El SME, explicaron los Ministros, no aportó pruebas periciales para desvirtuar los argumentos financieros del Ejecutivo.
"Tanto el decreto de creación como el de extinción encuentran su fundamento en la Ley Federal de Entidades Paraestatales, ninguno de los decretos fue caprichoso o arbitrario", se expone en la sentencia.
"No se puede impedir que las personas físicas o morales dejen de dedicarse a sus actividades patronales", mencionó el Ministro Sergio Valls.
Cuando la Corte notifique su sentencia a la juez que desahogó el amparo, quedará sin efectos una suspensión que impedía a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje declarar la terminación de las relaciones laborales entre LFC y el SME.
Silva Meza explicó que los ex trabajadores de LFC todavía pueden litigar ante la JFCA cuestiones como la llamada sustitución patronal para ser recontratados por la CFE, o los montos de sus liquidaciones, pero esos juicios podrían tomar años.
"Si el decreto se circunscribe a extinguir el organismo descentralizado, resulta que los aspectos laborales que atañen a la situación jurídica de los trabajadores compete dilucidarlos a los órganos que aplican la Ley Federal del Trabajo", dijo Silva.
La Corte también resolvió que la extinción no violó tratados internacionales, ni el derecho de los trabajadores en activo a jubilarse en los generosos términos del contrato colectivo, pues la jubilación no es un derecho adquirido, salvo para quienes ya acumularon la antigüedad para obtenerla.
Cientos de miembros del SME que militan en el ala encabezada por Martín Esparza mantienen desde hace semanas un plantón frente a la Corte, con el que bloquean avenida Pino Suárez y en el que realizan un mitin de protesta.
De los más de 44 mil empleados de LFC al momento de la extinción, unos 28 mil ya aceptaron la liquidación ofrecida por el Gobierno federal, pero casi 29 mil autorizaron a sus representantes del SME para litigar contra la extinción.
-AMRA-
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