agosto 09, 2006

PRESENTAN REMOCIÓN DE ALEJANDRO ENCINAS



Ciudad de México, 09 ago. (AMRA).- Sustentada en la Constitución Política y en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, cinco ciudadanos afectados por los plantones del PRD en el corredor Centro Histórico-Reforma, presentaron ante la Comisión Permanente una solicitud para declarar la desaparición de poderes en la Ciudad de México o la remoción de Alejandro Encinas Rodríguez, como jefe de Gobierno del Distrito Federal.

José Alfonso León Matus, José Antonio Calderón Cardoso, Mario Pfeifer García, Eduardo Morales Magaña y Rosario Montenegro Bustos, acusaron a Encinas Rodríguez de prevaricato, el delito de los empleados públicos, que faltan a las obligaciones de su oficio quebrantando la palabra o juramento de guardar y hacer guardar la ley.

Estos ciudadanos argumentaron que los campamentos instalados en dicho corredor en pro de Andrés Manuel López Obrador, afectan su derecho constitucional de gozar de su libertad deambulatoria, de movimiento, locomoción o de libertad de tránsito, mientras el Gobierno del Distrito Federal hace caso omiso ante esta vulneración de las garantías individuales, por lo que consideraron que para que se restablezca el orden y la regularidad constitucional, es necesaria la remoción de Alejandro Encinas.

Los ciudadanos en comento afirmaron que Alejandro Encinas Rodríguez no sólo ha tolerado, sino auspiciado este bloqueo a tan importante corredor vial y turístico, siendo omiso para cumplir y hacer cumplir el Bando Informativo número 13, que prohíbe manifestaciones y plantones en vías primarias de la Ciudad de México.

En el escrito de cinco cuartillas, este grupo de ciudadanos, aseguró que este bloqueo a la libre circulación, es una flagrante violación a la garantía de libre tránsito, contenida en el artículo 11 de la Constitución, por lo que procede la desaparición de poderes o la remoción del jefe de Gobierno del Distrito Federal, al presentarse causas graves que afectan el orden público de la capital, tal y como está contemplado en el artículo 122 de la Carta Magna y en el artículo 27 del Estatuto de Gobierno.

De acuerdo con el artículo 66 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, son causas graves para iniciar el procedimiento de remoción del jefe de Gobierno, que utilice la fuerza pública fuerza de las facultades de dirección que en materia de seguridad pública le corresponden, afectando el orden público.

Sin embargo, Acción Nacional en voz del recién ungido coordinador del Grupo Parlamentario en la Cámara de Diputados, el todavía senador Héctor Larios Córdoba, adelantó que su partido no avalará esta solicitud que la Comisión Permanente envió a la Primera Comisión para su análisis y dictaminación.

“... De antemano yo les digo que el PAN no respaldaría esta posición. Me parece que lo importante es resolver los problemas no agravarlos. Y si queremos resolver el problema del Distrito Federal, bueno primeramente hay que esperar la resolución del TRIFE, que está muy próxima.

La ley le marca un plazo perentorio para resolver todas las impugnaciones antes de que termine el mes de agosto y segundo, restablecer el diálogo. Me parece que lo que hay que hacer es resolver los problemas no agravarlos”.

Empero los ciudadanos que presentaron esta solicitud de remoción, insistieron que jurídicamente existen elementos para demandar la desaparición de poderes en el Distrito Federal, porque Encinas Rodríguez violentó la Ley Reglamentaria de la fracción V del artículo 76 de la Constitución, que en su artículo dos señala varias fracciones, destacándose las siguientes:

Artículo 2do.- Se configura la desaparición de poderes de un Estado únicamente en los casos en que los titulares de los poderes constitucionales:

Fracción II.- Abandonen el ejercicio de sus funciones, a no ser que medie causa de fuerza mayor.

O Fracción III.- Estuviesen imposibilitados físicamente para el ejercicio de las funciones inherentes a sus cargos, o con motivo de situaciones o conflictos causados o propiciados por ellos mismos, que afecten la vida del Estado, impidiendo la plena vigencia del orden jurídico.

En este caso, a decir de los ciudadanos inconformes, Encinas Rodríguez ha manifestado tácita y explícitamente su respaldo a este tipo de acciones ajenas a la ley, por lo que las situaciones o conflictos causados han sido de alguna manera, propiciados por él mismo y estas acciones han afectado la vida de la capital, impidiendo la plena vigencia del orden jurídico y creando situaciones de riesgo para el Estado de derecho.

VM/JVRN/AMRA